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Martes, 13 de octubre de 2026
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Canje obligatorio de billetes deteriorados: el Banco Central fija reglas claras para los bancos minoristas

La normativa vigente establece que las entidades deben aceptar el cambio a cualquier persona, sin exigir cuenta en el banco, siempre que el ejemplar conserve al menos el 60% de su superficie original

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Dionisio NallarEconomía · · 3 min de lectura
Canje obligatorio de billetes deteriorados: el Banco Central fija reglas claras para los bancos minoristas

El Banco Central de la República Argentina recordó las condiciones precisas que rigen el canje de billetes deteriorados en las entidades financieras minoristas del país. La autoridad monetaria dejó en claro que los bancos están compelidos a aceptar el cambio de billetes rotos, manchados, perforados, descoloridos, sucios o quemados a cualquier persona que se presente en ventanilla, independientemente de si se trata o no de cliente de la entidad. El servicio, además, debe prestarse durante el horario habitual de atención al público y no puede ser suspendido por decisión unilateral del banco.

Vamos a los números

El umbral central de la normativa resulta tan claro como contundente: un billete se considera deteriorado, y por ende susceptible de canje obligatorio, cuando conserva al menos el 60% de su superficie respecto del ejemplar completo. Por debajo de esa superficie, la aceptación deja de ser automática. Cuando el billete se presenta partido en varios pedazos, la condición adicional exige que todos los fragmentos puedan identificarse con total evidencia como partes de un mismo ejemplar, de modo tal que no quede margen alguno para la duda sobre la unidad del billete en cuestión.

  • Los bancos minoristas deben canjear billetes deteriorados a cualquier persona, con o sin cuenta en la entidad.
  • El servicio debe ofrecerse en el horario habitual de atención al público y no puede suspenderse.
  • El billete debe conservar al menos el 60% de su superficie original.
  • En caso de fragmentación, todos los pedazos deben corresponder de manera evidente a un mismo ejemplar.
  • Si el deterioro impide determinar valor o denominación, el banco puede remitir el billete al Banco Central, previa consulta y con una nota por duplicado con fecha, numeración si la hubiera, denominación y suma estimada.
  • Los billetes recibidos son depositados posteriormente en el Banco Central.

El procedimiento de reclamo

En los casos en los que un banco rechace un canje que la normativa considera plenamente válido, el damnificado cuenta con la posibilidad de canalizar un reclamo formal a través de los formularios web habilitados por el propio organismo monetario. Se trata, en la práctica, de un mecanismo de enforcement que la autoridad monetaria pone a disposición para sostener la obligatoriedad del servicio y evitar que la discrecionalidad de las entidades termine lesionando derechos de los tenedores de billetes.

Comparado con el escenario de meses anteriores, la comunicación del organismo no introduce modificaciones de fondo pero sí explicita con mayor nitidez las condiciones operativas del régimen de canje, lo que reduce los márgenes de interpretación por parte de las sucursales. En términos anuales, la pieza normativa reitera un criterio que se mantiene estable y que apunta a garantizar la integridad del medio de pago en todo el territorio nacional, sin que el estado de conservación del billete se traduzca en una pérdida para su portador legítimo.

La pregunta que la autoridad monetaria deja planteada de manera implícita es directa y operativa: ante un billete deteriorado que conserva la superficie exigida, ¿la entidad está dispuesta a honrar la obligación o prefiere arriesgarse a quedar expuesta a un reclamo formal del usuario afectado?

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Dionisio NallarEconomía

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