Comercio: en septiembre, sueldos con suba del 1,9% y la segunda cuota del bono extraordinario
Las escalas básicas correspondientes a agosto alcanzan los $1.322.132 para cajeros, auxiliares y vendedores, mientras se abona el segundo tramo de $25.000 de la asignación no remunerativa acordada en paritarias.

Los empleados de comercio percibirán en septiembre los haberes correspondientes a agosto, en el marco del tercer tramo de un incremento trimestral del 1,9% mensual no acumulativo, aplicado sobre los básicos vigentes en junio de 2026, según el acuerdo paritario homologado bajo el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75.
Vamos a los números. Las escalas brutas para agosto quedaron fijadas en tres niveles: $1.305.461 para el personal de maestranza; $1.317.965 para los administrativos; y $1.322.132 para cajeros, auxiliares y vendedores, de acuerdo con la grilla difundida por las partes firmantes.
Asignación extraordinaria y suma fija
A esos valores se suma la segunda cuota de $25.000 de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo, que se liquida junto con el sueldo del mes anterior. En el caso de los trabajadores con jornada reducida o a tiempo parcial, el importe se paga en proporción a las horas efectivamente trabajadas. Además, se mantiene una suma fija no remunerativa de $120.000 que se abona como concepto separado, cuya incorporación gradual al básico se concretará en seis cuotas de $20.000 entre diciembre de 2026 y mayo de 2027.
Adicionales que se aplican sobre el básico
- Cajeros categoría A y C: $144.198,68.
- Cajeros categoría B: $567.825,83, más un plus mensual por faltante de caja de $1.635,18.
- Armadores de vidriera: $46.042,28 extra.
- Choferes y ayudantes: $118,55 y $96,52 por kilómetro, respectivamente, en los primeros 100 kilómetros, con valores superiores en recorridos más largos.
- Antigüedad: 1% por cada año de servicio, calculado sobre el total de conceptos remunerativos y no remunerativos.
- Presentismo: asignación sobre los conceptos liquidados en el mes.
El acuerdo lleva las firmas de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), y contempla una cláusula de revisión para octubre de 2026, cuando se evaluará la evolución de los índices económicos y se resolverá si corresponde aplicar ajustes en el último tramo del año.
Frente a este escenario, cabe preguntarse si los recibos de septiembre reflejan la totalidad de los componentes descriptos en el convenio o si, como ocurrió en meses anteriores, persisten diferencias entre lo pactado en la paritaria y lo efectivamente liquidado por los empleadores.
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