Sábado, 5 de septiembre de 2026
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La Corte mendocina puso punto final al caso de los rugbiers franceses y la defensa anunció que irá contra la denunciante

El máximo tribunal provincial rechazó el recurso de la querella y dejó firme el sobreseimiento de Hugo Auradou y Oscar Jegou, acusados de abuso sexual tras un partido en Mendoza. El abogado de los jugadores dijo que la denunciante y su representante “responderán por sus mentiras”.

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Yolanda AbánPoliciales y judiciales · 4 DE SEPT DE 2026 · 2 min de lectura

Qué, dónde y cuándo. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó este lunes el sobreseimiento de Hugo Auradou y Oscar Jegou, los dos jugadores de rugby de Francia que habían sido denunciados por abuso sexual en julio de 2024, luego de un partido internacional disputado en la provincia. Con la decisión, el proceso queda cerrado en todas las instancias ordinarias.

El hecho que originó la denuncia ocurrió el 8 de julio del año pasado, pocas horas después del encuentro entre los seleccionados de Francia y Argentina. Una mujer que los había conocido esa noche en un boliche de Mendoza los acusó de abuso sexual. Ambos deportistas estuvieron detenidos casi un mes y luego fueron autorizados a regresar a su país, donde permanecieron con restricciones hasta la resolución de la causa.

Un recorrido por tres instancias judiciales

El primer sobreseimiento fue dictado en diciembre de 2024 por la jueza de Garantías Elenora Arenas. La querella apeló y la decisión quedó en manos del Tribunal Penal Colegiado N° 1 de la Primera Circunscripción de Mendoza, que en febrero de 2025 confirmó la absolución. Para hacerlo, valoró la evidencia fílmica, los testimonios, los peritajes médicos y psicológicos y los mensajes enviados por la denunciante en las horas y días posteriores al hecho, y concluyó que esos elementos desvirtuaban la hipótesis acusatoria.

La Suprema Corte, con la firma de los jueces Dalmiro Garay Cueli, Norma Llatser y José Valerio, rechazó el recurso de casación que aún sostenía la querella. Consideró que los planteos no lograban demostrar una valoración arbitraria de la prueba ni señalaban medidas pendientes que pudieran revertir el cuadro probatorio. Además, señaló que ninguno de los testigos que tuvo contacto con la denunciante antes, durante o inmediatamente después de los hechos aportó información que corroborara su versión.

El paso siguiente, según la defensa

Tras conocerse el fallo, el abogado de los deportistas, Rafael Cúneo Libarona, sostuvo que los rugbiers “recuperaron su prestigio” y que “la mentira no puede ser gratis”. Anticipó que tanto la denunciante como su abogada “responderán por sus mentiras y por su mala praxis profesional”, aunque no especificó qué tipo de acciones civiles o penales iniciarán ni ante qué jurisdicción.

De este modo, la causa queda agotada en la vía penal ordinaria. El cierre reabre, sin embargo, un debate de fondo: qué ocurre cuando una denuncia de abuso sexual no logra sostenerse en prueba objetiva y cómo se resguardan los derechos de las partes involucradas cuando el proceso se extiende durante casi un año.

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