Prisión preventiva para un hombre acusado de ocultar su diagnóstico de VIH y contagiar a su pareja en Bahía Blanca
La Justicia bahiense ordenó la detención de un hombre de 35 años, señalado por la fiscal Marina Lara como presunto responsable de haberle ocultado su condición a su pareja y de transmitirle el virus durante la búsqueda de un embarazo. La defensa cuestionó la ausencia de una prueba filogenética. La medida es provisoria y no constituye una condena.

Qué, dónde y cuándo: la jueza de Garantías N° 4 de Bahía Blanca, Marisa Gabriela Promé, dictó la prisión preventiva de un hombre de 35 años acusado de propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa, en concurso ideal con lesiones graves. La decisión, fechada en las últimas jornadas, respondió al requerimiento de la fiscal Marina Lara, de la Unidad Funcional de Instrucción N° 7.
Los indicios que valoró la magistrada
La resolución se apoyó en documentación médica y testimonios. Entre los elementos incorporados al expediente figuran un análisis de VIH negativo de la denunciante de junio de 2019 y otro positivo de mayo de 2021, realizado durante un embarazo de mellizos. También se sumaron registros del diagnóstico previo del acusado, que conocía su condición desde 2016, y un consentimiento para iniciar tratamiento.
Una infectóloga declaró ante el tribunal que el acusado había interrumpido la medicación cuando la consultó en 2018 y que tampoco se encontraba bajo tratamiento cuando regresó a la consulta en 2021, esta vez acompañado de su pareja embarazada. La profesional aportó precisiones técnicas sobre la implicancia de suspender el esquema antirretroviral.
El planteo de la defensa
- Cuestionó que no exista una prueba científica que determine con certeza la transmisión del virus entre el acusado y la denunciante.
- Precisó que resultaba imprescindible un examen filogenético que compare ambos virus y establezca la trazabilidad.
- Subrayó que el acusado no registra antecedentes penales y que la medida debía evaluarse con ese parámetro.
- Remarcó que una carta atribuida al acusado lo describe como indetectable e intransmisible bajo tratamiento, mientras cursa el proceso.
La jueza Promé resolvió que los indicios reunidos eran suficientes para disponer la medida cautelar, al evaluar riesgo de fuga ante una eventual pena de cumplimiento efectivo. Fijó el plazo en los términos que prevé el Código Procesal y aclaró que la instancia procesal es provisoria: la prisión preventiva no equivale a una declaración de culpabilidad ni sustituye al juicio oral.
El relato de la denunciante y la situación de los hijos
La mujer declaró que junto al hombre habían acordado buscar un embarazo y que desconocía por completo el diagnóstico de su pareja. Tras confirmar el resultado positivo, inició controles médicos y recibió medicación durante toda la gestación. Los mellizos recibieron tratamiento y seguimiento tras el nacimiento: el análisis realizado al año y medio fue no reactivo y, de acuerdo con el expediente, no adquirieron el virus.
La instrucción también incorporó el testimonio de una segunda mujer, que mantuvo una relación con el acusado entre junio de 2023 y febrero de 2024. Sus análisis de VIH fueron negativos y la causa descartó por ahora la imputación respecto de ese episodio, según consignaron las fuentes judiciales consultadas.
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