Martes, 15 de septiembre de 2026
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Vender una propiedad en la Ciudad ya no paga ITI ni impuesto cedular: qué impuestos y gastos siguen vigentes

Las ventas ocasionales del patrimonio personal quedaron liberadas de esos dos tributos, aunque la operación todavía carga con comisiones, honorarios del escribano y el Impuesto de Sellos. Cuánto se paga hoy y qué cambia según la jurisdicción y el valor del inmueble.

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Aníbal GuantayFrontera y comercio · 15 DE SEPT DE 2026 · 2 min de lectura

Vender una propiedad en la Ciudad de Buenos Aires dejó de ser un trámite tan cargado de impuestos como antes. Las ventas ocasionales del patrimonio personal quedaron liberadas del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) y del impuesto cedular, dos tributos que durante años comieron una parte significativa del precio de venta. Sin embargo, cerrar una compraventa todavía implica pagar comisiones, honorarios del escribano y otros gastos que conviene tener en cuenta antes de firmar.

Qué impuestos ya no se pagan

El ITI, eliminado a mediados de 2024, alcanzaba con un 1,5% del precio de venta a las propiedades compradas antes del 1 de enero de 2018. En una operación de 100.000 dólares, equivalía a unos 1.500 dólares. Para los inmuebles adquiridos desde 2018, en cambio, regía el impuesto cedular, que gravaba con el 15% la ganancia calculada con el valor de compra actualizado.

Según explicó Tapiola, CEO de la desarrolladora Spazios, la exención comprende las ventas ocasionales de personas físicas, incluso cuando se trata de una segunda propiedad utilizada como inversión. Eso sí, el beneficio tiene un límite claro: las ganancias generadas por una actividad inmobiliaria habitual o empresarial siguen dentro del régimen general del Impuesto a las Ganancias. Es el caso, por ejemplo, de una desarrolladora que construye y vende como parte de su negocio.

Qué gastos siguen vigentes

Aunque los tributos sobre la venta se redujeron, hay otros componentes que siguen formando parte del presupuesto de cualquier operación. Si interviene una inmobiliaria, la comisión suele ubicarse entre el 3% y el 4%, con variaciones según lo pactado entre las partes. A eso se suman los honorarios del escribano y, cuando la compra se financia con un crédito hipotecario, la tasación, los seguros obligatorios y los cargos administrativos del banco.

El Impuesto de Sellos, otro capítulo aparte

El Impuesto de Sellos sigue presente y su peso depende de la jurisdicción. En la Ciudad de Buenos Aires, la alícuota general es del 3,5%, aunque existe una exención para primera vivienda o vivienda única hasta un valor que Tapiola ubicó en torno a los 220.000.000 de pesos. Cuando se supera ese tope, el tributo alcanza únicamente al excedente.

El esquema bonaerense es distinto: la alícuota ronda el 2% y, según el desarrollador, el pago suele repartirse entre comprador y vendedor. Por eso, ubicación y valor de la propiedad terminan modificando los gastos finales de la operación.

AG
Aníbal GuantayFrontera y comercio

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