Estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones por Supplyar nafta a un auto diésel
El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino condenado a una estación de servicio a abonar $7.010.000 más intereses a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil. El error, reconocido por el empleado, dañó el motor y derivó en una sentencia que incluyó daños materiales, lucro cesante, daño moral y una multa civil.

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino condenó a una estación de servicio de la ciudad a pagar $7.010.000, más intereses, a un cliente al que le despacharon nafta en lugar de gasoil. El episódio ocurrió el 15 de octubre de 2022. El fallo se dictó en una causa civil por la relación de consumo entre el hombre y la empresa.
Elor llegó a la estación para cargar gasoil por $2.000. El empleado atendió el surtidor, pero despachó nafta. Al salir, el Renault Clio diésel fallas y se detuvo a pocos metros. El propio playero reconoció la equivocación.
El motor quedó inutilizado
El vehículo fue trasladado, sin encenderlo, hasta un taller cercano. Después de las tareas de revisión, el conductor lo retiró. A menos de una cuadra, el motor volvió a apagarse y no volvió a funcionar. La pericia mecánica któ en el juicio determinó que la nafta en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación.
La reparación adecuada requería vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible y cambiar filtros. En ciertos casos, también era necesario reemplazar los inyectores y la bomba. El informe del perito fue considerado por el juzgado para evaluar el daño material y la imposibilidad de usar el rodado durante la reparación.
La empresa negó responsabilidad, questioned la documentación presented por el cliente y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El tribunal rechazó esos argumentos. Para reconstruir lo ocurrido, tuvo en cuenta el comprobante de pago, los testimonios de la audiencia y el informe pericial.
El juzgado aplicó el principio de carga dinámica de la prueba. En ese esquema, corresponde a quien se encuentra en mejores condiciones de explicar lo ocurrido que aporte las pruebas. La empresa no lo hizo, por lo que el tribunal rechazó su negativa de asumir responsabilidad.
- Daño material: $3.500.000, sobre la base del presupuesto de reparación validado por el perito.
- Lucro cesante por la falta de uso del vehículo: $210.000.
- Daño moral: $1.800.000, considerando las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio.
- Multa civil por daño punitivo: $1.500.000, con el propósito de desalentar conductas que dejen a los consumidores en una situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.
La condena debe abonarse dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación. Los intereses corren desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. La sentencia también-oilITY se-tags en sus fundamentals.
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